¿Es posible montar un negocio en una comunidad de vecinos?
Es algo más común de lo que se imagina que en una comunidad de propietarios existan negocios como puede ser una consulta de un dentista o un despacho de abogado. Esto significa que es legal montar un negocio dentro de la misma, pero lo cierto, es que para poder hacerlo se deben cumplir una serie de requisitos que como administradores de fincas en Madrid centro queremos explicar.
Tipos de negocios que se pueden poner en una comunidad de
propietarios
La Ley de Propiedad
Horizontal dictamina que los vecinos tienen la capacidad de prohibir que en
la finca en la que viven se realicen diferentes actividades que pudieran llegar
a afectar su calidad de vida, especialmente las que provocan demasiados
ruidos. De esta manera, se podría poner un despacho de abogados, como decíamos
antes, pero no así un restaurante o un bar. Tampoco está permitida la
apertura de ningún negocio que tenga empleados o si se trata de una
actividad de cara al público. El motivo es que se debe evitar que las zonas
comunes estén repletas de personas que sean ajenas a la finca.
Si
se trata de un local comercial, la comunidad de vecinos puede delimitar las
actividades que se pueden realizar en el mismo a través de sus estatutos.
Pero lo que no puede hacer es prohibir ninguna actividad que ya se encuentra en
marcha, es decir, si en algún local comercial perteneciente a la comunidad ya
existiese un pub, posteriormente no
se podría prohibir la apertura de este tipo de negocios.